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Subvención del Gobierno de Aragón destinada a la hostelería y el turismo, afectados por la pandemia

Publicado el día 24 de mayo de 2021

El objetivo de esta convocatoria es subvencionar en el año 2021, conforme a un procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, a determinados sectores económicos de los ámbitos del turismo y la hostelería que, como consecuencia de la pandemia COVID-19 en Aragón, han visto reducido el volumen de operaciones anual del año 2020 respecto al del ejercicio 2019, de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras establecidas en el Capítulo II de la Orden ICD/499/2021, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Las ayudas están dotadas con un importe máximo de 50.000.000 €, financiadas con participación de la Comunidad Autónoma (por un importe máximo, en su conjunto, de 30.000.000 €), las diputaciones provinciales (por un importe máximo, en su conjunto, de 10.000.000 €) y los ayuntamientos aragoneses (por un importe máximo, en su conjunto también, de 10.000.000 €).

El Ayuntamiento de Pedrola se une a esta iniciativa del Gobierno de Aragón aportando el 20% de los fondos necesarios para que los hosteleros de Pedrola puedan alcanzar el 100% de las ayudas concedidas, siendo esta aportación municipal de un máximo de 70.000€ que irán directamente a los sectores económicos de Pedrola.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sean personas físicas, personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, que desarrollen actividades económicas.
  • Que tengan el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Que tengan algún establecimiento o instalación en la Comunidad Autónoma de Aragón en situación de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), con fecha anterior al día 15 de marzo de 2020, que acredite su actividad en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas recogidas en la orden.
  • Que el volumen de operaciones anual, declarado, según el modelo 390, o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido en 2020 se haya reducido al menos un 20% con respecto al del ejercicio 2019.
    Si el solicitante inició su actividad con posterioridad al 1 de enero de 2019, el volumen de operaciones de ese ejercicio se calculará dividiendo el importe declarado, según el modelo 390, o comprobado por la Administración, en ese ejercicio, entre el número de días del año en el que tuvo actividad, multiplicándolo por 365 días.
    Si el solicitante inició su actividad con posterioridad al 1 de enero de 2020, no le será exigible cumplir con este requisito.
  • Que estén al corriente en el cumplimiento de cualquier deuda con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social, así como con las obliga­ciones tributarias con la Hacienda del Estado.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 25 de mayo de 2021 a las 8:00 horas y finaliza el día 22 de junio de 2021 a las 14:00 horas.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Turismo, presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 5291.

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